viernes, 8 de mayo de 2015

FROILAN ALEJANDRO BARRIOS NIEVES, A TRES AÑOS DEL DLOTTT UN BALANCE NECESARIO

Este 07 de mayo se cumplen 3 años de publicarse en Gaceta Oficial el DLOTTT, orientado a regular las relaciones de trabajo en el contexto del modelo del Socialismo del Siglo XXI, de igual modo sus disposiciones finales establecen lapsos de transitoriedad de aplicación de la normativa jurídica ilegalmente impuesta por la voluntad presidencial.

Lo que debió ser un escenario para un amplio debate nacional sin exclusión alguna, ya que se trataba de cumplir un mandato constituyente con retardo de 11 años, se convirtió en un episodio mas de campaña electoral presidencial, utilizado sin escrúpulos por el oficialismo gobernante como señuelo capta votos para el proceso electoral de octubre 2012.

Al utilizar la Habilitante 2010 concebida para la emergencia nacional por las inundaciones para imponer una nueva ley del trabajo, se orquestó la manipulación gubernamental al ignorar a la Asamblea Nacional órgano competente para la Reforma de la LOT y designar una Comisión Presidencial cuya cualidad de pertenencia, era la fidelidad al régimen y sus intenciones ideológicas de  promoción del modelo gobernante. Siempre hubo consultas, desde 1936 incluidas sucesivas reformas hasta la aprobación de la Ley Orgánica de 1990, precedida por comisiones plurales de labor desde 1985.

Pues bien la Comisión Presidencial de marras dio a conocer su inconsulta decisión una madrugada del 01-05-2012, anunciando el novísimo DLOTTT donde privilegia los preceptos teóricos del modelo político, sobre la realidad del mercado de trabajo y sus actores. Desarrollado en diferentes países de América Latina para armonizar las relaciones laborales, crear empleos dignos; en nuestro caso lo ha sido para la confrontación social y resaltar la condición de enemigo irreconciliable de clase al sector privado.

En efecto el DLOTTT se plasman mejoras innegables en el campo del derecho individual: Vacaciones, utilidades, fuero maternal, jornada de trabajo, estabilidad laboral, entre otras a cambio de establecer en el derecho colectivo un férreo control del Estado sobre las organizaciones sindicales, a tal extremo de colocar en campo minado el derecho a huelga, contratación colectiva y a constituir libremente organizaciones sindicales, convirtiendo al CNE y al Ministerio del Trabajo en alcabalas de la libertad sindical. No en balde fue señalado el progreso individual de los derechos como “caramelos de cianuro”, condición para anular los sindicatos en nuestro país.

Por tanto en lugar de dinamizar las relaciones de trabajo las atascó. La conflictividad laboral se acentuó  entre 1.500 y 2.000 protestas  desde 2012, el empleo digno ha venido en caída libre sustituido por la precariedad laboral y la impunidad desatada con niveles de ausentismo laboral de 30% en el sector público y privado.

La transitoriedad esta en entredicho, al no resolverse eficazmente el tema de la tercerización, pago oportuno de las prestaciones sociales publicas, extinción de directores laborales, inexistencia de agencias de empleo, en el contexto de un DLOTTT sin reglamento de aplicación.

Froilan Alejandro Barrios Nieves
fbarriosnieves@gmail.com
@froilanbarrios

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