Desde
1999 el Poder Legislativo Nacional es ejercido por una Asamblea Nacional, cuya estructura unicameral responde al
propósito de simplificar el procedimiento de elaboración de las leyes.
En
la Ley se dispone que cada entidad federal tendrá obligatoriamente tres
diputados en la Asamblea Nacional, además de los diputados que le corresponden
según la base poblacional del 1,1% de la población total del país que en
parlamentarias del 2010 (28.949.489), es decir, 318.444 habitantes por diputado
nominal. A ello se agregan los tres representantes indígenas, por ello fueron
165 diputados.
Para
el 2015 la población es de 31.446.917 habitantes eso significa que a cada
estado le corresponderá un diputado por cada 345.916 habitantes, además de los
3 que le corresponden por Ley. ¿Qué pasa
con los estados que no tengan esta cantidad de habitantes? Se quedan con los
tres diputados que le corresponden por Ley, por ejemplo Amazonas con
aproximadamente 178.670 habitantes solo elegirá 3 diputados.
Veamos
a Miranda con una población de 3.222.374 habitantes, elige 12 diputados (9 por
base poblacional y 3 por Ley). Si comparamos numéricamente veremos que Amazonas
elige un diputado por cada 59.557 hab. mientras que Miranda por cada 268.531
hab. ¿Qué significa esto, electoralmente hablando? Que el gobierno a sabiendas
que en las zonas de mayor población urbana tiene desventaja, se enfoca en
circuitos donde la población es más necesitada, y depende de las dadivas
gubernamentales, en otras palabras circuitos de baja población y más pobres.
Otra
interesante observación es que en Amazonas un voto tiene una capacidad de
elegir 5 veces mayor que en Miranda o 6 veces mayor con respecto al Zulia. Esto
destruye la igualdad del voto.
Por
la manipulación legal de las circunscripciones, en el interior de cada entidad
federal la representación puede ser mayor o menor dependiendo del circuito, cada circuito debe
tener un PDH (Promedio de Diputados por Habitante) superior a 0,5 para tener un
diputado nominal, este PDH se obtiene de
dividir el total de habitantes de la entidad por el número de diputados nominales
de la entidad, por lo tanto depende de los habitantes de la Entidad, así por
ejemplo en el Estado Carabobo de 2.283.035 hab / 7dip nom = 326.147 hab por
diputado, entonces se crea una Circunscripción N° 3 con un PDH de 1,26
(410.945hab) que elige un diputado, mientras que la Circunscripción N° 4 tiene
un PDH de 0,97(316.362 hab) y escoge también un diputado, todo ello según
convenga al gobierno.
En
circuitos plurinominales (más de un diputado nominal), la parcialidad política
que saque 1 voto más que sus contrincantes se llevan todos los diputados del
circuito, así ocurrió en Maracaibo con un circuito de 4 diputados nominales.
Otra
observación importante es que la proporcionalidad desaparece al solo elegir 53
diputados lista (proporcionalidad, cada entidad tiene entre 2 y 3 diputados
lista) contra 114 nominales, esto significa que al aplicar el método de d¨Hont
(utilizado para distribuir los diputados lista), las dos primeras fuerzas
políticas se llevan todo ( la primera fuerza se lleva 2 de 3 de la lista) y
quienes hayan alcanzado la tercera posición no tendrían representación en el
parlamento.
Ahora
que conoces el panorama electoral de las parlamentarias, podrás entender que
quien saque más votos en un circuito se lleva todo en el circuito, quien saque
más votos sumando los votos de todos los estados puede tener minoría
representativa. Injusto o manipulado, pero es la Ley que sentencia que los
habitantes de los circuitos son quienes mandan, no los votos nacionales.
¿Podemos
cambiar esta realidad? Claro que si, por ello DeCiDo como organización
ciudadana no partidista propondrá candidatos Diputados Ciudadanos para romper
con la polarización y realizar cambios que involucren democratización de
partidos políticos y por supuesto una Ley Electoral que le dé la
representatividad que todo ciudadano elector merece por su voto.
Maximiliano
Donat
maximilianodonat@gmail.com
@maxidonat
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