martes, 4 de febrero de 2014

LUIS DANIEL ALVAREZ, EL CODEIV AL PAIS EN SU 56 ANIVERSARIO

COLEGIO DE INTERNACIONALISTAS DE VENEZUELA

El 31 de enero de 1958 se crea el Colegio de Internacionalistas de Venezuela, pocos días después de la caída de la dictadura de Marcos Pérez Jiménez, por esta razón nuestros inicios son paralelos con la instauración de la democracia en Venezuela, dándose la circunstancia que uno de nuestros fundadores el Dr. Edgar Sanabria, le toca dirigir la Presidencia de la Republica en forma interina, sustituyendo a Wolfang Larrazábal, hasta que se realizó el proceso electoral que eligió a Rómulo Betancourt, como primer presidente de la Democracia Civil.

LA DEBACLE DE LA POLITICA EXTERIOR

En los últimos años el país ha sido testigo de un marcado quiebre institucional en el que las políticas de Estado parecen haber sido sustituidas por meros criterios que en muchos casos evidencias la improvisación y la imposición de intereses al servicio del partido de gobierno. La política exterior no escapa a ello, pudiendo señalarse que el proceso de diseño que venía gestándose entre 1958 y 1998 se dejó de lado. Ello nos permite señalar que actualmente no podemos hablar de una política exterior, si entendemos esta como una política pública que ha de proyectar los valores del Estado más allá de sus fronteras.

La proliferación de nuevos aliados, en los que se repiten dramáticamente países con endebles situaciones democráticas y frágiles realidades en torno a los derechos humanos ha sido una constante en este nuevo diseño gubernamental en el que además se abandonan espacios tradicionales de integración como la Comunidad Andina de Naciones y el Grupo de los 3, para engrosar las filas de entes con los que no hay una vinculación ni territorial ni social como pueden ser la Liga Árabe y la Unión Africana. Probablemente el caso más claro de improvisación se observa con el caso de Petrocaribe, mecanismo que tiene como objetivo vender petróleo a los países del Caribe y Centroamérica en condiciones favorables. Sin embargo, el modelo se aplica sin sustituir o dejar de aplicar el Acuerdo de San José. Es decir, el gobierno venezolano mantiene dos programas similares al mismo tiempo.

Todo este escenario de improvisación, paralelismos y desorden se complementa con la destrucción de la carrera diplomática. La paulatina desprofesionalización, inclusive afianzada a través de instrumentos legales, ha convertido al Ministerio de Relaciones Exteriores en una institución que pareciera haber quedado reducida a la divulgación de la propaganda.Incluso, el antimperialismo que expresa en sus discursos el gobierno no es aplicado ni a China ni a Rusia, naciones que han visto crecer sus vinculaciones económicas en Venezuela sin que exista claridad sobre los alcances de las negociaciones.

Termina entonces el país pagando los costos de una visión desacertada que es manejada por criterios que en lo absoluto responden a condiciones técnicas o profesionales.

LA IMPROVISACION EN LAS LEYES DEL SERVICIO EXTERIOR VENEZOLANO YLA CANCILLERIA.

Desde las primeras regulaciones establecidas en el siglo XIX para los funcionarios del Servicio Exterior venezolano hasta finales del siglo XX, todos los gobiernos se preocuparon porque nuestra representación en el exterior estuviera a cargo de los venezolanos más prestigiosos y mejor preparados para defender los intereses del Estado Venezolano a través del ejercicio diplomático y consular, eso actualmente cambio.

Desde 1824 se habían establecido las primeras regulaciones para los funcionarios diplomáticos de la República de Colombia, pasando luego –una vez separada Venezuela de Colombia- por dos intentos fallidos de proyecto de ley –una, bajo José Tadeo Monagas en 1850 y otra, bajo el gobierno de Joaquín Crespo en 1884- con miras de darle a nuestro personal del servicio exterior una estabilidad laboral y el de crear la carrera diplomática. Pero no sería hasta el gobierno de Juan Vicente Gómez que Venezuela se daría su propia ley del servicio exterior en 1923
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El gobierno de Eleazar López Contreras en 1936 promovería la organización de los primeros cursos de formación diplomática para aspirar al ingreso a la carrera diplomática. Bajo el denominado “Trienio Democrático” 1945-1948, se establece el Primer Estatuto de Personal del Servicio Exterior que sería marco de referencia para la “Ley del Personal del Servicio Exterior” aprobada en diciembre de 1961, una vez restablecida la democracia venezolana, y que constituiría la de más larga duración.

En sus casi 40 años con esta Ley, se realizaron numerosos concursos de oposición para el ingreso a la carrera diplomática, la Cancillería organizo un Jurado Calificador donde participó activamente el Colegio de Internacionalistas de Venezuela. De hecho, la carrera diplomática terminó siendo considerada como “una carrera de estado”.

En el 2001, se aprueba la Ley orgánica del Servicio Exterior que no sólo regularía el personal que presta funciones en el servicio exterior (el de carrera, el político, el agregado o el administrativo) sino que también regularía todo el funcionamiento del servicio exterior, bajo las miras de los principios de la nueva Constitución que se otorgaba nuestro país. La LSE de 2001 resultaría un marco de referencia y el principio de la politización del Servicio Exterior, modificando la integración del Jurado Calificador y abriendo la posibilidad de que cualquier profesional aspirara al concurso para el ingreso a la carrera diplomática. Tuvo su reforma en el 2005 en el cual se establecería reglas laborales y administrativas homologadas para todo el personal, dejando sólo las regulaciones particulares de ingreso, ascenso y rotación para el Personal de Carrera.

La estocada contra de la profesionalización del servicio exterior venezolano será a partir de la implementación de la Ley de 2005, producto del tenso ambiente político y del propósito del Gobierno de profundizar la “revolución socialista” en el 2007. Los concursos de oposición dejaron de organizarse en pro de la politización del Ministerio. Un intento de reforma de ley en el 2007 que no tuvo conocimiento público hasta el 2009, en la cual se reunía en un solo instrumento jurídico las regulaciones del personal del servicio exterior con las regulaciones de las funciones consulares –que históricamente se habían regulado desde el siglo XIX de manera separada, a modo de la ley orgánica del servicio consular-. Dicho intento de reforma, visto en un proyecto de ley, contentiva de 40 artículos, se vio reducido a tan sólo 28 artículos en el 2011, eliminando de un solo plumazo la carrera diplomática e introduciendo todo un sistema de principios “socialistas” no previstos en la Constitución Bolivariana. Su impositiva aprobación legislativa en junio de 2011 -al no tener la mayoría calificada para aprobar una ley orgánica- condujo a una consulta de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, y su posterior modificación y aprobación en junio de 2013 por parte de la Asamblea Nacional.

Al revisar la ley vigente, observamos que se aprobaron principios “socialistas” - más de seguridad y defensa que el de la promoción de la paz y de la cooperación (en sus arts. 3 y 4), los cuales no están previstos en la Constitución y los cuales deben ser obedecidos por todo el personal que preste funciones en el Servicio Exterior. Luego, la referencia de una posterior aprobación mediante ley especial de Tres Estatutos, de los cuales resalta la del Personal del Servicio Exterior (Art.11); el de las funciones consulares (Art. 24); y el de la organización profesoral del Instituto de Altos Estudios Diplomáticos (Art. 23).

Hasta los momentos la discusión de estos “Estatutos”, han estado marcados por la opacidad y falta de definición sobre quienes comprenderían el Personal de Carrera, quienes comprenderían el personal Agregado y administrativo. Presumimos que esa falta de definición lo encontraremos igualmente en un próximo proyecto de Estatuto sobre las funciones consulares y la falta de claridad administrativa sobre los aranceles consulares. Esto nos hace presumir también de las condiciones ideológicas que se impondrán al personal académico del Instituto de Altos Estudios Diplomáticos. Ni siquiera en la ley del “dictador” Juan Vicente Gómez de 1923 observaríamos una falta de promoción de formación profesional en la carrera diplomática. En ella se le pedía a la entonces Escuela de Ciencias Políticas de la Universidad Central, la organización de los cursos de formación profesional de su personal, mientras se le solicitaba a la Escuela de Comercio y Lenguas Vivas su formación comercial e idiomática.

Ha sido objetivo desde la fundación del Colegio de Internacionalistas de Venezuela - CODEIV- defender los intereses de los internacionalistas. Por esta razón nos opusimos firmemente a la apertura de otras profesiones para el ingreso a la carrera diplomática en la Cancillería, por considerar que la formación académica es un requisito fundamental para la profesionalización y que para ejercer la carrera diplomática, es necesario poseer conocimientos específicos que se imparten en las Escuelas de Estudios Internacionales. Reclamamos la elaboración de los Concursos para poder ingresar a la Carrera Diplomática, para cubrir las necesidades del Estado de otros profesionales existe la figura del Personal Agregado.

La eliminación de la carrera diplomática, aunado a la politización e ideologización del servicio exterior venezolano han producido una el vergonzosa anarquía de la Cancillería, dejando de representar los intereses del Estado Venezolano para convertirse en la Oficina de Propaganda del Chavismo en el Exterior.

Por la Junta Directiva el Colegio de internacionalistas de Venezuela,
JUAN FRANCISCO CONTRERAS A 
Presidente
LUIS DANIEL ALVAREZ V.
Secretario Genera

luis.daniel.alvarez.v@gmail.com

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