Una reflexión de inicio: 1.- El ideal por una
sociedad donde brille, tanto la equidad socioeconómica como la igualdad de
oportunidades educativas de inicio, no es monopolio ideológico de partido
político alguno; 2.- Basándonos en la obviedad de que el contexto lo informa
todo, se puede afirmar que el Plan de la
patria (Pp.) constituye el eje transversal del modelo político, económico y
social que adelanta el Gobierno Nacional (sin basamento constitucional) a la
luz de un Acuerdo de la Asamblea Nacional para que “surta efecto jurídico y sea
de obligatorio cumplimiento en todo el territorio de la República Bolivariana
de Venezuela” (¡sin ser ley!); con un elemento adicional: soslayando la
voluntad expresada por el pueblo en el referéndum de 2007.
Resulta evidente entonces, que el Pp. no es
más que la instrumentación jurídica de
la rechazada reforma constitucional de
2007, en su afán de materializar un Estado Comunal (Comuna o nada), plasmando
variadas rutas de actuación tal como la centralización del sistema económico en
torno al poder comunal, dentro de un marco de rígido control de las
importaciones donde se favorece al sector público ( y para tal fin crearon
recientemente el Centro Nacional de Comercio Exterior y la Corporación de
Comercio Exterior) teniendo como intención abiertamente expresada de “continuar
construyendo el socialismo bolivariano del siglo XXI, como alternativa al
sistema destructivo y salvaje del capitalismo”; a la par de la insensatez de
querer refundar una “ conciencia de clase entre asalariados y burgueses”.
Hacemos un alto reflexivo: ¿los venezolanos deseamos ese u otro tipo de
socialismo? A tenor de tal interrogante, estimamos pertinente reinsertar en
nuestras mentes algunas propuestas, que
teniendo la intención de conformar un Estado socialista en Venezuela fueron
presentadas en dos bloques (A Y B) y dos opciones (SI y NO) para reformar 69
artículos de nuestra Constitución (33 presentados por el Presidente de la
República y 36 por la Asamblea Nacional), los cuales fueron rechazados en el
referéndum constitucional del 02/12/2007; tal y como mostró un “Segundo Boletín
del CNE con el 94% de la transmisión” (a la fecha no se ha presentado un tercer
y definitivo Boletín) donde en ambos bloques (50,65% del A y 51,01% del B) Venezuela
dijo ¡NO! al establecimiento al establecimiento de un modelo socialista.
Del total de artículos presentados y
rechazados, nos resulta trascendente mencionar los siguientes: 16: El
territorio nacional estará integrado por comunas, las cuales a su vez se
conformarán en comunidades que constituirán el núcleo territorial básico e
indivisible del Estado Socialista Venezolano; 18: El Estado desarrollará una
política integral para articular un Sistema Nacional de Ciudades, donde se
incorporará un nuevo poder: el Poder Popular; 70: Como medio de participación y
protagonismo del pueblo para la construcción del socialismo, se incorporan los
Consejos del Poder Popular y los Consejos Comunales; 112: En relación a las
actividades económicas, se promocionará el desarrollo de empresas y unidades
económicas comunales, estatales y mixtas con el sector privado; 115: Establecimiento de cinco formas de propiedad:
pública, social, colectiva, mixta y privada; 136: añadir el Poder Popular como
un nuevo Poder Público; 158: Reemplazar la descentralización como política
nacional para dar paso a la participación protagónica del pueblo; 168: Otorgar
participación en las competencias municipales a los Consejos del Poder Popular;
184: Descentralización de los municipios para incorporar los Consejos
Comunales; 225: El cargo de Vicepresidente se denominará Primer Vicepresidente,
y el Presidente tendrá la facultad de nombrar cuantos Vicepresidentes considere
necesarios. (Sea oportuno señalar que en la G. O. del 20/01/2014 la Presidencia
de la República publicó el nombramiento de ¡107 Viceministros en 29
Ministerios!); 318: Se elimina la autonomía al Banco Central de Venezuela y se
supedita al Poder Ejecutivo; 321: Las reservas internacionales serán
administradas por el Presidente de la República en coordinación con el Banco
Central de Venezuela; 299: Se modifican
los fundamentos del régimen socioeconómico para basarlos en los principios
socialistas, antiimperialistas y de cooperación.
Resulta de perogrullo afirmar, que el
espíritu y propósito de la casi totalidad de los artículos antes citados (y
otros) ya fueron incorporados jurídicamente al accionar de la vida nacional
(haciendo eco de lo expresado por el entonces Presidente: “no retiro ni una
sola coma de esta propuesta, esta propuesta sigue viva”)en aras de continuar
construyendo ese “socialismo rechazado”, hasta procurar alcanzar el Estado
Total Comunal que, entre otros aspectos, resta importancia a las gobernaciones
y municipios en función a la demolición del Estado Constitucional. En fin, y
desde nuestra permanente visión de optimista preocupado, observamos que aún es
posible una ruta de entendimiento para una mejor Venezuela mediante una vía
bidireccional: (A) El Gobierno ha de aceptar que la mayoría nacional no desea un Estado Total Comunal (ni la
economía lo soporta), siendo necesario una inflexión ideológica; y (B) Las oposiciones han de internalizar que
a la materia del Estado Comunal debe prestársele importante e inmediata
atención, incluida la obligatoriedad de ofrecer un modelo socioeconómico
concreto que atienda a todos los venezolanos, con especial énfasis en los estratos menos favorecidos; y en ambos
casos dentro del marco de nuestra Constitución.
Economista
Jesús Alexis González
Jagp611@gmail.com
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