“En Venezuela se roba porque no hay razones para no robar.”, (Gonzalo Barrios)
La semana pasada el Presidente Maduro, puso en el tapete
del debate Nacional, la necesidad perentoria de que le sea aprobada una ley
Habilitante para la lucha contra la corrupción, entre otros detalles
mencionados, para el aumento de la pena. ¿Es necesario una nueva Ley? ¿Su aprobación
sería suficiente para la eliminación de la corrupción?
Para ambas preguntas la respuesta es negativa. La razón
sería la misma por la cual no se reduce el ritmo de aceleración de los precios,
el error principal es que generalmente, los tomamos como causas, cuando es un
efecto. (Enrique Ghersi “Economía de la
corrupción”, CEDICE)
La Real Academia de la Lengua define a la corrupción, como: “vicio o abuso…” por lo que tradicionalmente se le ha atribuido al poder público, la mayor cuota del proceso corruptor, ya no los indicaba el historiador Británico, Lord Acton, “Power tends to corrupt, and absolute power corrupts absolutely”. Lo cual traducido al Castellano, nos señala que “El poder corrompe y el poder absoluto corrompe absolutamente”.
En principio, la corrupción afecta a la actividad
económica en el muy corto, corto, mediano y largo plazos a través de dos
canales: directo e indirecto. El efecto indirecto está relacionado con el
impacto que genera la corrupción en el campo extraeconómico (político, social y
cultural) y de éste sobre el campo económico. En el corto plazo, el desvío de
recursos que estaban destinados al financiamiento de la producción, provoca una
caída del PIB,
Si todo agente económico busca su máximo beneficio, lo
que habría que analizar como se lograría, que este máximo beneficio sea
minimizado desalentando este tipo de operación, es decir un estudio costo
beneficio de la corrupción.
Si el beneficio es la diferencia entre lo que le ingresa al corrupto y el costo que le
genera. Hay que hacer notar que la medida integral ideal es aquella que
enfrente los dos componentes (Ingreso y
costos)
Es importante destacar que la corrupción depende de
cuotas de poder (monopolio) y la necesidad que se tiene de favor de ese poder.
En el caso del control de precios, el ingreso
depende del diferencial entre el precio regulado y el real. Si hay mucha
diferencia, el ingreso es más alto, lo que favorece los actos de corrupción
El costo total de cometer actos de corrupción (C) es igual a la suma de costos de penalidad (CP), los costos morales (CM) y los costos de ejecución de la actividad corruptiva (CE), por lo tanto C=CP+CM+CE.
El costo de penalidad corresponde al costo generado por
la posibilidad de ser descubierto y perder su libertad. A mayor riesgo de ser
descubierto, mayor costo. En algunos países este costo puede incluir la pérdida
de parte de su cuerpo (mano p.e.), incluso
de su vida. Este es el costo que se quiere aumentar con la Habilitante.
Mediante el aumento de los años de prisión
El costo por ejecución, comprende los costos
operacionales del acto en sí. A medida de que este sea más difícil de
llevar a cabo y, cuanto, más personas
y/o etapas se incluyan, los costos por ejecución son mayores. Cuantas más
prohibiciones, regulaciones y controles se le pongan al aparato productivo
privado, más zonas de poder se crean y mayor serán los costos de ejecución.
El costo moral está relacionado con el aspecto de la
reputación del individuo en la sociedad en que vive, el mismo que a su vez
tiene que ver con la escala de valores y la ética personal. Si bien los
individuos generalmente tratan de minimizar la mala reputación ante la
sociedad, sin embargo se tienen diferencias de grado o intensidad en el mismo.
Existen individuos relativamente amantes y practicantes de la buena reputación
y ética personal, pero también existen individuos a los que ésta les interesa
en menor grado; para los primeros el costo moral de ser delatados como corrupto
es mayor que para los segundos. En todo caso, cuanto mayor sea el castigo y la
sanción moral que impregna la sociedad a los actos de corrupción y cuando así
lo sientan los individuos, mayor será el costo moral de cometer las actividades
de corrupción (JUAN LEON MENDOZA, “Análisis
Económico de la Corrupción”. Revista
de la Facultad de Ciencias Económicas de la UNMSM No. 18. Lima, 2000.)
De lo dicho en los párrafos anteriores se deprende que la
lucha contra la corrupción no una tarea sencilla, debe contemplar en su
estrategia: la liberalización de la economía para disminuir las trabas que
aumente los ingresos asociados a esta actividad, aunque el costo por ejecución
sea igual a cero, sin ingresos, no hay estímulos para la corrupción; el aumento
de los costos de penalidad, para lo cual únicamente se necesita eliminar la
impunidad evidente en que se están realizando los actos de corruptivos y, por
último una labor educativa (este componente es a largo plazo) para que la
población tome conciencia del costo moral. Como se puede ver desde el punto de
vista económico, ninguna de estas estrategias requiere la aprobación de una ley
habilitante para su ejecución y puesta
en marcha.
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