Se continúa violando la Constitución de manera impune, al impedir el ejercicio de Derechos Humanos fundamentales de venezolanos en el exterior. A dos de ellos se contraen estas reflexiones: al derecho a la identidad biológica -a su identificación como venezolano- y al derecho a votar.
Es derecho fundamental del hombre su identidad. Es así como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, Art. 6, reconoce que “Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica”, mientras nuestra Constitución, Art. 56, añade que “Toda persona tiene derecho…a obtener documentos públicos que comprueben su identidad biológica, de conformidad con la ley”; esa ley es la de Registro Civil, la que consagra, Art. 1º, la obligación del Estado a “Asegurar los Derechos Humanos a la identidad biológica y la identificación de todas las personas”. Todas estas normas son violadas y, en consecuencia, conculcados derechos de venezolanos en el exterior: no se les emite su correspondiente cédula de identidad, sin la cual no pueden sufragar.
“El sufragio es un derecho” reconoce la Constitución, para luego añadir, Art. 64, que son electores todos los venezolanos “que hayan cumplido 18 años de edad y no estén sujetos a interdicción civil o inhabilitación política”. Entonces, la edad y la interdicción civil o la inhabilitación política son las únicas razones que podrían impedir a un venezolano el derecho a sufragar, donde quiera se encuentre. Este derecho es violado a centenares de miles de compatriotas en el exterior.
Como si fuera poco, las autoridades consulares a las cuales el CNE delega la función de inscribir en el Registro Electoral a los ciudadanos que se encuentran fuera del país, ejercen esta función de manera limitada, intencionalmente reducida, de modo que la mayoría no logra inscribirse. Bien se sabe que en todos los comicios la oposición obtiene en las meses en el exterior del 80 al 90 % de los votos. Adicionalmente, en numerosas ciudades de diferentes países se cuentan por miles los venezolanos que no ejercen su derecho al sufragio, por no funcionar en las mismas un Consulado, y por encontrarse el más próximo a largas distancias (a veces a más de tres horas en avión). En la práctica se les hace inalcanzable el derecho al voto.
Recientemente, como bien recordamos, los peruanos votaron para elegir su Presidente y otras autoridades. Con la anuencia y bajo la coordinación del Cónsul de Perú en Venezuela, visité el pasado domingo 10 de abril -con Melquíades Bermúdez- el lugar donde votaban los peruanos residenciados en Caracas. La visita la hicimos en nuestra condición de miembros del Comité para la Facilitación del Voto de los Venezolanos en el Exterior. ¿De qué nos enteramos? Solo en Caracas y Puerto Ordaz hay Consulados del Perú en Venezuela, no obstante funcionaron mesas electorales en otras ciudades en las que son numerosos los peruanos, quienes -además- adquieren en el Consulado su DNI, documento nacional de identificación.
Por primera vez en nuestra historia republicana suman un millón los nuestros residenciados en otros países, de los cuales aproximadamente 600 mil tienen derecho a votar, pero en el REP solo están inscritos 57.240 por no tener cédula (no pueden sufragar con pasaporte), o por no haber podido inscribirse en el Registro Electoral, por “incompetencia” del Consulado.
Estamos frente a un hecho que nos obliga a actuar. La conculcación de los derechos de un solo compatriota es inaceptable; cuando se trata de la violación de derechos a más de medio millón de venezolanos, la acción debe ser rápida y contundente. Debemos organizarnos -y lo estamos haciendo- para exigir se dé cumplimiento al ordenamiento jurídico vigente.
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