Es inminente la aprobación por parte de la Asamblea Nacional de la reforma de la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos pues en su segunda discusión se aprobó el artículo 28 que establece regulaciones, para controlar la libertad de expresión, en los servicios de radio, televisión y medios electrónicos y en ellos no se permitirá la difusión de los mensajes que:
1. Inciten o promuevan el odio y la intolerancia por razones religiosas, políticas,
por diferencia de género, por racismo o xenofobia.
2. Inciten o promuevan y/o hagan apología al delito.
3. Constituyan propaganda de Guerra
4. Fomenten zozobra en la ciudadanía o alteren el orden público.
5. Desconozcan a las autoridades legítimamente constituidas.
6. Induzcan al homicidio.
7. Inciten o promuevan el incumplimiento del ordenamiento jurídico vigente.
por diferencia de género, por racismo o xenofobia.
2. Inciten o promuevan y/o hagan apología al delito.
3. Constituyan propaganda de Guerra
4. Fomenten zozobra en la ciudadanía o alteren el orden público.
5. Desconozcan a las autoridades legítimamente constituidas.
6. Induzcan al homicidio.
7. Inciten o promuevan el incumplimiento del ordenamiento jurídico vigente.
Así mismo los proveedores de medios electrónicos deberán establecer mecanismos que permitan restringir, sin dilaciones, la difusión de mensajes divulgados que se subsuman en las prohibiciones contenidas en el presente artículo, cuando ello sea solicitado por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones en ejercicio de sus competencias, en cuyo caso se aplicará el procedimiento previsto en el artículo 33 de la presente Ley.
También los proveedores de medios electrónicos serán responsables por la información y contenidos prohibidos a que hace referencia el presente artículo, en aquellos casos que hayan originado la transmisión, modificado los datos, seleccionado a los destinatarios o no hayan limitado el acceso a los mismos, en atención al requerimiento efectuado por los órganos con competencia en la materia.
Además los responsables de los medios electrónicos serán sancionados con multa desde 50 hasta 200 Unidades Tributarias, cuando violen cualquiera de las prohibiciones contenidas en el presente artículo.
Al mismo tiempo los proveedores de medios electrónicos que no atiendan las solicitudes realizadas por los órganos competentes a los fines de dar cumplimiento a las disposiciones de la presente Ley, serán sancionados con multa de hasta un 4% de los ingresos brutos generados en el ejercicio fiscal inmediatamente anterior a aquél en el cual se cometió la infracción.
Al tenor de lo planteado en los párrafos anteriores El Republicano Liberal, cuya línea editorial es fundamentalmente ideológica, persistirá en sus planteamientos diferenciadores entre la concepción liberal del ser humanos, la vida y el mundo en contraposición con otras doctrinas que filosófica, política y económicamente discrepen de los conceptos de libertad, libre albedrio, estado limitado, Estado de Derecho, libre comercio, evaluación de gestión, elección periódica de la representación popular, tolerancia y colaboración entre todos los estratos de la población y separación e independencia de los poderes públicos.
Así mismo continuaremos propugnando un país de propietarios y fortaleciendo a aquellos que participen de la idea de que los emprendedores son la base sustancial del desarrollo progresivo de todos los ciudadanos en busca de un ascenso social cada vez más próspero cuantitativa y cualitativamente.
Es para nosotros un compromiso la defensa de los aspectos consagrados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) como documento adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 217 A (III), el 10 de diciembre de 1948 en París.
En nuestra página hemos dado cabida, y seguiremos haciéndolo, a todas las tendencia religiosas; jamás hemos defendido a quienes cometen verdaderos delitos; nunca hemos denigrado de ninguna representación religiosa; nunca hemos llamado a la violencia ni a la guerra; hemos insistido en la vía electoral unitaria como camino para sustituir en los lapsos previstos a representantes populares que incumplan con el mandato recibido; no usamos un lenguaje escatológico y ocurrimos a la conciencia de nuestros lectores al cumplimiento del ordenamiento legal vigente en el marco de un Estado de Derecho que nos iguale ante la ley.
En algunos momentos hemos aceptado colaboraciones en el mismo lenguaje de quienes adversan nuestra línea editorial e incluimos en nuestras ediciones las expresiones de pensamiento que se diferencian del nuestro a modo del necesario contraste.
Por ello solicitamos a quienes nos envíen sus trabajos para su divulgación de los mismos la comprensión necesaria para mantenerse dentro de los parámetros establecidos desde el nacimiento de este instrumento de difusión.
La especie humana que habita este planeta, que nació y morirá como todo lo que se inicia, no debe pasarle lo que aconteció con las bestias prehistóricas que dada su incapacidad de ajuste ante cambios drásticos de su ecosistema, perecieron sin lograr sus objetivos vitales y sin descendencia posible.
No podemos caer en utopías que nos conduzcan a la frustración pues realidades nos obligan. Finquemos nuestro actuar sobre las realidades y no sobre pompas de jabón ilusorias. Debemos desligarnos de reacciones hormonales y apreciar las neuronales. Tenemos el deber de persistir hasta lograr un país que viva en bienestar y libertad.
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