“¿Acaso no es vergonzoso ver a tantas personas, no tan sólo obedecer sino arrastrarse? No son gobernados sino tiranizados” es una cita del ensayo “Sobre la Servidumbre Voluntaria” del jurista francés Étienne de la Boétie (1553) usada por el sociólogo chileno Fernando Mires, en su obra El Dictador (abril 1999). Y nosotros, en llamado a reflexión citamos a este.
Aunque dictadura supone negación de las elecciones libres y secretas, muchos no sólo recurren a elecciones; abusan de ellas. Hay regímenes dictatoriales con más elecciones que en gobiernos democráticos. Algunos dictadores creen que mediante perversión del sistema electoral tienen avances más expeditos hacia el poder que con su supresión.
El dictador se apropia de televisoras estatales y extorsiona a las privadas. Así como Mussolini y Hitler eran dictadores radiales, los del siglo XXI son dictadores televisivos. Hay quienes pasan más tiempo en pantalla que en su trabajo.
Dictadores electoralistas ponen a su servicio dependencias del Estado, más los dineros recaudados. Los empleados públicos son sometidos a una intensa presión.
Según Mires, en periodos electorales los dictadores se vuelven dadivosos. Además abusan de la intimidación.
Extremadamente agresivos arremeten contra adversarios. Durante elecciones aparecen conspiraciones (todas ficticias), intentos de magnicidios (cuyos gestores nunca aparecen), amenazas de invasiones de países extranjeros, peligros de guerra con naciones vecinas.
No hay que olvidar –seguimos citando- que casi todos los dictadores son militares, y cuando realizan elecciones las ven como campos de batalla en donde es necesario vencer recurriendo a todos los medios. Los más audaces logran revertir encuestas y resultados. Las elecciones mismas resultan una falsificación.
Subordinación de la Constitución a su voluntad, violación sistemática de los derechos humanos, negación radical de la división de poderes públicos; estructura militar y ejercicio personalista del poder son otras características que identifican al dictador.
Por si fuera poco, el dictador ordena a sus esbirros proscribir candidaturas de adversarios en condiciones de lograr altas votaciones.
Así las “inhabilitaciones” inventadas por Mussolini están haciendo escuela en el régimen del tcnel.
Y concluimos con esta cita: no hay profesión más inmoral y degradante que la de un juez de dictadura.
NOTA AL MARGEN: El derecho de opinión lo consagró constitucionalmente por primera vez el Libertador, junto con la libre expresión, en la Ley Fundamentalmente de 1819, como el primero y más inestimable bien del hombre en sociedad, con el agregado: La misma ley no puede prohibirlo. Uno de los más preciosos del hombre, lo calificó en 1789 en La Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano. La vigente Carta Magna lo estableció en el artículo 57.
La Declaración Universal de Derechos Humanos, proclamada por las Naciones Unidades, tiene jerarquía constitucional y “de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del Poder Público. Expresa el Artículo 19: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.
Para el dictatorial régimen militar, opinar es un delito y por él encarceló por casi cuatro años al general Francisco Uson. En desafío a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que cuestionó esa sentencia, apresó a Oswaldo Álvarez Paz y al presidente de Globovisión, Guillermo Zuloaga.
albertojordanhernandez@yahoo.es
L ENVÍO A NUESTROS CORREOS AUTORIZA PUBLICACIÓN, ACTUALIDAD, VENEZUELA, OPINIÓN, NOTICIA, MOVIMIENTO REPUBLICANO MR, REPUBLICANO, DEMOCRACIA, LIBERAL, LIBERALISMO, LIBERTARIO, POLÍTICA, INTERNACIONAL, ELECCIONES ASAMBLEA NACIONAL, UNIDAD ALTERNATIVA DEMOCRÁTICA
Aunque dictadura supone negación de las elecciones libres y secretas, muchos no sólo recurren a elecciones; abusan de ellas. Hay regímenes dictatoriales con más elecciones que en gobiernos democráticos. Algunos dictadores creen que mediante perversión del sistema electoral tienen avances más expeditos hacia el poder que con su supresión.
El dictador se apropia de televisoras estatales y extorsiona a las privadas. Así como Mussolini y Hitler eran dictadores radiales, los del siglo XXI son dictadores televisivos. Hay quienes pasan más tiempo en pantalla que en su trabajo.
Dictadores electoralistas ponen a su servicio dependencias del Estado, más los dineros recaudados. Los empleados públicos son sometidos a una intensa presión.
Según Mires, en periodos electorales los dictadores se vuelven dadivosos. Además abusan de la intimidación.
Extremadamente agresivos arremeten contra adversarios. Durante elecciones aparecen conspiraciones (todas ficticias), intentos de magnicidios (cuyos gestores nunca aparecen), amenazas de invasiones de países extranjeros, peligros de guerra con naciones vecinas.
No hay que olvidar –seguimos citando- que casi todos los dictadores son militares, y cuando realizan elecciones las ven como campos de batalla en donde es necesario vencer recurriendo a todos los medios. Los más audaces logran revertir encuestas y resultados. Las elecciones mismas resultan una falsificación.
Subordinación de la Constitución a su voluntad, violación sistemática de los derechos humanos, negación radical de la división de poderes públicos; estructura militar y ejercicio personalista del poder son otras características que identifican al dictador.
Por si fuera poco, el dictador ordena a sus esbirros proscribir candidaturas de adversarios en condiciones de lograr altas votaciones.
Así las “inhabilitaciones” inventadas por Mussolini están haciendo escuela en el régimen del tcnel.
Y concluimos con esta cita: no hay profesión más inmoral y degradante que la de un juez de dictadura.
NOTA AL MARGEN: El derecho de opinión lo consagró constitucionalmente por primera vez el Libertador, junto con la libre expresión, en la Ley Fundamentalmente de 1819, como el primero y más inestimable bien del hombre en sociedad, con el agregado: La misma ley no puede prohibirlo. Uno de los más preciosos del hombre, lo calificó en 1789 en La Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano. La vigente Carta Magna lo estableció en el artículo 57.
La Declaración Universal de Derechos Humanos, proclamada por las Naciones Unidades, tiene jerarquía constitucional y “de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del Poder Público. Expresa el Artículo 19: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.
Para el dictatorial régimen militar, opinar es un delito y por él encarceló por casi cuatro años al general Francisco Uson. En desafío a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que cuestionó esa sentencia, apresó a Oswaldo Álvarez Paz y al presidente de Globovisión, Guillermo Zuloaga.
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